A finales de junio, colaboré en un artículo en el periódico El País en el que comentaba los conflictos más habituales a la hora de solicitar las vacaciones de verano. Para estas fechas, la gran mayoría de los españoles ya tenemos organizadas nuestras vacaciones de verano. Aunque también es cierto que, este año, por el tema de la crisis, quedan, a estas alturas, muchos destinos disponibles, algo que no pasaba en años anteriores.
Los trabajadores deben comenzar a solicitar sus vacaciones de verano sobre el mes de abril para que, así, el departamento de recursos humanos pueda recopilar todas las peticiones y comenzar a organizar con los responsables de cada equipo de trabajo los turnos de vacaciones. Siempre se van a producir coincidencias entre personas del mismo equipo, que habrá que resolver de alguna forma que beneficie a las partes implicadas.
Lo que no tiene sentido es pretender que los trabajadores nos hagan llegar sus peticiones de vacaciones a principios de año. Por qué en enero ¿quién sabe las vacaciones que va a solicitar? Los planes no se hacen con tanta antelación, por lo tanto, tienen que ser plazos lógicos.
En verano, todo el mundo suele querer las mismas fechas; en los casos en que coinciden los días entre varias personas, hay que desempatar de alguna manera. De todas formas, la distribución de los turnos genera mucha tensión e incluso, donde la organización lo permite, se producen trueques entre compañeros de sus turnos de vacaciones; lo importante es la prestación del servicio y no quien lo preste, algo peligroso si no se regula adecuadamente.
Para regularlo de forma clara es fundamental establecer criterios de adjudicación. Por ejemplo, muchas empresas priman la antigüedad de los trabajadores.
La ley de conciliación indica que, en el supuesto de que exista coincidencia en los turnos de vacaciones, el orden de preferencia para elegir será el siguiente:
1.- Los trabajadores con responsabilidades familiares.
2.- Los trabajadores con mayor antigüedad en la empresa.
3.- Los trabajadores con mayor antigüedad en la categoría.
Otras veces, se realizan sorteos de los turnos de vacaciones, criterio muy injusto porque hay gente “con estrella” que termina siempre teniendo las mejores fechas y otros que nacieron “estrellados”, a los que nunca la fortuna les sonríe. Así que el azar no se puede permitir para la distribución de las vacaciones por razones de coherencia.
Desde mi punto de vista, la mejor solución es el sentido común. "Debería primar la flexibilidad a la hora de disfrutar de las vacaciones. Es decir, para llegar a un consenso es necesario que todo el mundo ponga de su parte".
Estos criterios de adjudicación, en caso de coincidencia de fechas entre trabajadores, no son justos. Cualquier medida de discriminación, negativa o positiva, hacia ciertos grupos de trabajadores es negativo porque ¿qué pasa con las personas que están fuera de esos grupos?
Si lo vemos según la ley de conciliación las personas que no tengan cargas familiares, las personas con menor antigüedad en la empresa o en la categoría nunca van a poder elegir y tendrán que quedarse con las fechas que nadie quiere. Hay que conciliar para todos los grupos de trabajadores y no solo para unos pocos. Todos tienen derecho a elegir las fechas que más les convengan, sin perjudicar demasiado al resto.
Es cierto que es complicado y que muchas veces nos encontramos con verdaderos rompecabezas y para casar todas las piezas hay que buscar alternativas consensuadas.
En las organizaciones que hay coincidencia de fechas en temporada estival y otras épocas conflictivas donde hay mayor prestación de servicio para estas fechas se distribuyen los turnos de vacaciones de forma equitativa por temporadas, es decir, el que tiene predilección por cogerse el verano en otras temporadas del año como semana santa o navidad tiene que acogerse a lo que quede porque él ya eligió en otra ocasión. Posteriormente estos turnos van rotando anualmente y es la mejor forma de ser equitativos entre todos los grupos de empleados.
De todas formas, se ha producido un cambio en los períodos vacacionales a solicitar por los trabajadores de nuestro país. Hace unos años, el mes de agosto las grandes urbes se convertían en ciudades fantasmas; ahora ya no. En la actualidad, cada vez más, se disfrutan de vacaciones a lo largo de todo el año y cada año, más trabajadores disfrutan sus vacaciones en fechas de temporada baja, en meses fuera del período estival, siempre que coincidan con su círculo cercano. Su bolsillo lo va a notar porque los viajes, en estas épocas del año, son mucho más económicos, encontrando verdaderos chollos.
Dentro de cada departamento no deberían coincidir a la vez todos sus miembros aunque no sea un departamento de atención al cliente o al usuario, porque siempre tiene que haber alguien que pueda hacerse cargo de alguna emergencia. Todos tendremos que ser buenos compañeros y antes de cerrar las fechas de ningún viaje, lo tendremos que consultar y consensuar con ellos. Unas veces tendremos que ceder nosotros y otras, ellos. Con la colaboración de todos, no habrá ningún problema y todos podremos disfrutar las fechas buscadas para coincidir con nuestro círculo más cercano.
Muchas organizaciones permiten, por ello, a sus trabajadores disfrutar de las vacaciones a lo largo de todo el año, es decir, sin establecer, de modo obligatorio el tener que disfrutar de una fracción de días en verano o invierno. Esto va a generar muchos menos conflictos a la hora de hacer la distribución. Todavía, los meses de verano, siguen siendo los preferidos por la mayoría de los trabajadores aunque cada año más, va a ir variando.
Las empresas de sectores industriales suelen parar su actividad en el mes de julio o agosto, por lo que determinan que sus trabajadores disfrutarán de sus vacaciones durante el mes de cierre de la fabrica. Aquí no hay conflicto posible.
También va a depender mucho de cada sector empresarial y de cada empresa concreta porque cada organización es un mundo a parte.
La regulación general de las vacaciones se encuentra en el artículo 38 del Estatuto de los trabajadores que establece un período mínimo de 30 días naturales de vacaciones para cada trabajador por año completo de servicio. Esto es lo mínimo, por lo tanto, luego los convenios colectivos de cada sector u organización, pueden contemplar mejoras al respecto, como lo suelen hacer.
Es muy habitual que los convenios establezcan el cómputo global en día hábiles ya que, de esta forma, no se consideran días de vacaciones los fines de semana ni los festivos que pillen entre medio de las solicitudes de vacaciones, es decir, solamente cuentan días efectivos de trabajo. Debéis conocer lo que establece vuestro convenio colectivo sobre la política de vacaciones para estar informados y evitar sorpresas.
También el artículo 38 Estatuto de los trabajadores establece que, las vacaciones habrán de decidirse de forma consensuada entre las dos partes implicadas (trabajador y empresario) de conformidad a lo establecido en el correspondiente convenio colectivo sobre distribución de las vacaciones. Por lo tanto, el trabajador podrá elegir, al menos, la mitad de sus vacaciones y el empresario podrá determinar la otra mitad. Aunque, desgraciadamente, no siempre suele respetarse.
Si no se llega a un acuerdo para decidir las vacaciones, los trabajadores disponen de 20 días para reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo. En caso de desacuerdo absoluto entre las partes, la jurisdicción competente fijará las fechas concedidas para el disfrute de las vacaciones siendo su decisión irrecurrible por ambas partes.
Se dice que hablando se entiende la gente, por lo tanto, el dialogo es la mejor opción antes de llegar a medidas tan drásticas. Poniendo todos los implicados de su parte, se conseguirá llegar a un acuerdo que beneficie a todos.
Refunfuñando no solucionaremos nada. Así que, dejemos el egoísmo a un lado y pensemos más en todos. El mundo no gira solo a nuestro alrededor y a parte de nosotros también existen más personas que tienen el mismo derecho a elegir que nosotros.